Por Arturo Montory G.
Los días 27 y 28 de mayo del 2023, se celebra el día de Los Patrimonios, fecha que se ha convertido en un hito en la vida ciudadana de los chilenos que visitan junto a sus familias los diversos lugares históricos considerados Patrimonio de Chile.
Un Decreto presidencial estableció que el Caballo de Pura Raza Chilena fuera declarado Monumento Natural del país, por lo tanto, tiene la calidad suficiente para incorporarlo dentro de la celebración del día del Patrimonio Nacional.
Para ello las instituciones encargadas de velar por su difusión y proyección en el tiempo podrían a través de diversos actos públicos producir una amplia muestra que pueda ser visitada por muchas familias, es una oportunidad única de difusión de la Raza, seguramente elemento cultural desconocido para miles de chilenos en especial de las grandes urbes tan alejadas del quehacer campesino lugar que da origen y vida al caballo chileno.
Es una idea quizás para desarrollar a futuro, pero si es el momento de proponerla.
SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA
ASESORIA JURIDICA
MCG/pmc
DECLARA MONUMENTO NATURAL AL CABALLO DE PURA RAZA CHILENA.
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SANTIAGO,
Extracto:
N° C O N S I D E R A N D O:
Que es deber constitucional del Estado tutelar la preservación de la naturaleza y, en forma especial, aquellas especies que son propias y características del medio natural chileno, como también aquellas cuyo desarrollo hacia su conformación morfológica y funcional son el resultado de una sostenida trayectoria de selección propia, por obra emprendida a través de generaciones de criadores nacionales, como es el caso de la especie Equus caballus, a través de la raza denominada “Caballo de Pura Raza Chilena”.
Que, por Decreto Supremo N°93, del Ministerio de Agricultura, publicado en el Diario Oficial de fecha 5 de Octubre de 1991, se creó y reguló el Sistema Oficial de Registros Genealógicos y de Producción Pecuaria, integrado por el Servicio Agrícola y Ganadero, que tiene la capacidad normativa y fiscalización del mismo y por las Asociaciones de Criadores, que controlarán los registros correspondientes a sus respectivas razas.
Que, considerándose atentamente los antecedentes expuestos, tanto propiamente zootécnicos como aquellos de carácter histórico y cultural que, asociados, han concurrido a la formación de la raza del caballo nacional, puede sostenerse que nuestro caballo constituye uno de los acervos más valiosos de nuestro patrimonio cultural y que, en su mayor expresión, alcanza incluso, por su trascendencia en nuestra cultura campesina, a formar parte entrañable de los elementos de nuestra identidad nacional.
Que, como consecuencia del cuadro cultural y científico descrito, el “Caballo de Pura Raza Chilena” ha llegado a constituirse en un elemento de atractivo extraordinario, tanto desde el punto de vista científico en cuanto recurso genético y zootécnico, como desde el punto de vista cultural, deportivo y turístico, de renombre internacional, lo que hace necesario a la autoridad nacional reconocerlo y protegerlo.
D E C R E T O:
Declárese Monumento Natural al Caballo de Pura Raza Chilena.
ANÓTESE, TÓMESE RAZÓN Y PUBLÍQUESE.
SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
JOSE ANTONIO GALILEA VIDAURRE
MINISTRO DE AGRICULTURA
ALFREDO MORENO CHARME
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES.